Opinión

Indulto al ex mandatario peruano Alberto Fujimori

Proiuris

En fecha 24 de diciembre de 2017, el actual presidente de la República del Perú, Pedro Pablo Kuczynski, anunció mediante un comunicado de prensa su decisión de indultar al ex mandatario Alberto Fujimori,[1] condenado a 25 años de prisión por violaciones de derechos humanos en la masacre de Barrios Altos, la desaparición forzada y matanza en la Universidad de La Cantuta, y el secuestro del empresario Samuel Dyer y el periodista Gustavo Gorriti.[2]

De conformidad con el artículo 118 numeral 21 de la Constitución Peruana, son atribuciones del presidente de la República:[3]

21. Conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria

No obstante, la cuarta disposición final y transitoria del mismo Texto Constitucional relativo a la interpretación de los derechos fundamentales, impone una limitación al ejercicio de la referida atribución presidencial al expresar que:

Cuarta. (…) Las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú.

En ese sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha advertido enfáticamente que a la luz de la Convención Americana de Derechos Humanos, vinculante para Perú en razón de su ratificación el 28 de julio de 1978, son inadmisibles:[4]

(…) las disposiciones de amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos tales como la tortura, las ejecuciones sumarias, extralegales o arbitrarias y las desapariciones forzadas, todas ellas prohibidas por contravenir derechos inderogables reconocidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

De lo anterior se desprende la imposibilidad del Estado para invocar normativas existentes en su derecho interno y conceder indultos, amnistías u otras medidas afines de exención penal a los responsables de la comisión de graves violaciones de derechos humanos, como es el caso de Alberto Fujimori.

De ese modo, el indulto otorgado en fecha 24 de diciembre de 2017 por el actual mandatario peruano contraviene, por un lado, las disposiciones contenidas en la Convención Americana de Derechos Humanos que obligan a los Estados Partes a prevenir, investigar, identificar y sancionar a los autores y encubridores de violaciones de los derechos humanos; y, por el otro, menoscaba el derecho de acceso a la justicia de las víctimas al impedirles interponer los recursos judiciales que consideren pertinentes para lograr que los responsables de las violaciones de los derechos humanos sean juzgados y obtener consecuentemente una reparación por el daño sufrido.

Conforme a las declaraciones emitidas por el Jefe de Estado Peruano, Pedro Pablo Kuczynski, el indulto es una medida humanitaria aprobada por la junta médica, tal y como indica la legislación peruana, y otorgada en virtud del delicado estado de salud de Fujimori,[5] quien de acuerdo a un informe médico padece una enfermedad no terminal grave pero progresiva, degenerativa e incurable.[6]

Días después de habérsele concedido el indulto, el ex mandatario publicó un video en la red social Twitter en el que expresó su más profundo agradecimiento y admitió encontrarse sorprendido por lo que calificó como “un paso complejo” tomado por el presidente Kuczynski.[7] Indudablemente, ello generó diversos pronunciamientos que ponen en tela de juicio la veracidad de la gravedad del estado de salud de Fujimori, entre las que destacan la del director de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, quien recordó que uno de los informes médicos por los que fue liberado Fujimori indica fluidez limitada para pronunciar correctamente, la cual es inadvertida en el vídeo. [8]

Por su parte, Elmer Huerta, oncólogo peruano y director del preventorio del cáncer en el Instituto de Cáncer del Washington Hospital Center, cuestionó la recomendación de indulto de la junta médica, toda vez que según su opinión: “No hay estudios que indiquen que el encierro carcelario haga que el cáncer regrese. Desde un punto de vista médico, este indulto no tiene justificación”.[9]

En el mes de octubre durante su visita a Perú, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), Zeid Ra’ad Al Hussein, recordó que Fujimori es responsable de la comisión de crímenes contra la humanidad que debido a su gravedad interesan a la comunidad internacional; y, por tanto, ésta debe ser involucrada en un tema tan importante como el indulto.[10] Ante lo cual recomendó que una junta médica internacional evaluara, o al menos observara, el estado de salud del ex mandatario.[11]

No obstante, tales recomendaciones no fueron acogidas por el gobierno peruano. Incluso, resulta preocupante que el médico particular de Alberto Fujimori haya formado parte de la junta médica que aconsejó el indulto,[12] pues al encontrarse inmiscuido en un conflicto de intereses es altamente probable que la apreciación ofrecida sobre el estado de salud de su paciente carezca de objetividad.

Mediante un comunicado de prensa la Comisión Interamericana de Derechos Humanos cuestionó el indulto dictado a favor de Fujimori, e indicó que la atención medica requerida por un sentenciado que se encuentre en grave estado de salud es distinta al otorgamiento de un indulto, el primer supuesto demanda la transferencia del condenado al recinto hospitalario pertinente por el tiempo que su salud lo requiera; mientras que el segundo acarrea el perdón de las penas, violando el derecho de las víctimas a la justicia.[13]

Por su parte, el  Representante para América del Sur del ACNUDH, Amerigo Incalcaterra, lamentó la exención penal otorgada al ex mandatario peruano, y señaló que las concesiones de indultos deben ser consecuencia de procesos de profundo análisis en cada caso concreto en la búsqueda de la transparencia y según lo dispuesto en las normas internacionales sobre los derechos humanos, una acción contraria conllevaría a la impunidad.[14]

Diversas organizaciones de derechos humanos se han sumado al rechazo del indulto otorgado por el Ejecutivo Peruano. Tal es el caso de Human Rights Watch, cuyo director, José Miguel Vivanco, lamentó la decisión del presidente Kuczynski por considerar que representa un trato especial con motivo de una vulgar negociación política para asegurar su permanencia en el poder, lo cual es inadmisible en un estado de derecho.[15]

Del mismo modo, Amnistía Internacional consideró el indulto otorgado a Fujimori como un golpe a la lucha contra la impunidad en Perú, y deploró la decisión expresando que ésta pone en tela de juicio la transparencia, objetividad y el respeto al debido proceso. Asimismo, aseguró:[16]

Con este acto queda entendido que las víctimas de violaciones a los derechos humanos no son prioridad para el presidente Kuczynski y que su voz no ha sido ni será escuchada.

Referencias:

[1] Presidencia de la República del Perú, Prensa: PRESIDENTE KUCZYNSKI TRAS INDULTO A FUJIMORI: «QUIENES NOS SENTIMOS DEMÓCRATAS NO DEBEMOS PERMITIR QUE ALBERTO FUJIMORI MUERA EN PRISIÓN». 25 de diciembre de 2017.

[2] ABC Internacional, ¿Por qué delitos fue condenado Alberto Fujimori? 27 de diciembre de 2017.

[3] Constitución Política del Perú. Publicada en fecha 30 de diciembre de 1993.

[4] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Barrios Altos v. Perú (fondo), 14 de marzo de 2001, párr. 41; La Cantuta Vs. Perú (fondo, reparaciones y costas), 29 de noviembre de 2006, párr. 169; entre otras.

[5] Presidencia de la República del Perú, Prensa: Presidente Kuczynski Tras Indulto A Fujimori: «Quienes Nos Sentimos Demócratas No Debemos Permitir Que Alberto Fujimori Muera En Prisión». 25 de diciembre de 2017.

[6] Gilbert Violeta, El Presidente  y el Ministerio de Justicia @MinJusDH_Peru nos acaban de confirmar que dichos documentos no están en trámite ante el Ministerio y que esta supuesta solicitud de indulto NO ESTÁ en la agenda del Gobierno. Sencillamente NO EXISTE!… #NoAlPsicosocialMontesinista. 21 de diciembre de 2017.

[7] Alberto Fujimori, «Mi profunda gratitud por el paso complejo que ha tomado el presidente me compromete a apoyar decididamente su llamado a la reconciliación». 26 de diciembre de 2017.

[8] José Miguel Vivanco, Antes de que grabe este video alguien debió avisarle a Fujimori que uno de los informes médicos por los que fue liberado dice que “su dolencia le limita la fluidez de una pronunciación correcta”. 02 de enero de 2018.

[9] El País, El indulto de Kuczynski a Fujimori divide Perú. 26 de diciembre de 2017.

[10] ACNUDH, Zeid insta a Perú a poner los derechos humanos al centro del desarrollo. 25 de octubre de 2017.

[11] El Comercio, ONU sugiere pedir opinión médica internacional sobre Fujimori. 25 de octubre de 2017.

[12] La República, Alberto Fujimori: médico que recomendó el indulto había operado antes al ex dictador. 01 de enero de 2018.

[13] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Comunicado de prensa: CIDH expresa profunda preocupación y cuestiona el indulto concedido a Alberto Fujimori. 28 de diciembre de 2017.

[14] ACNUDH, Oficina Regional de América del Sur: Perú: ACNUDH lamenta indulto concedido a Alberto Fujimori. 26 de diciembre de 2017.

[15] José Miguel Vivanco, Lamento indulto humanitario a Fujimori.  En lugar de reafirmar que en un estado de derecho no cabe un trato especial a nadie, quedará para siempre la idea que su liberación fue una vulgar negociación política a cambio de la permanencia de @ppkamigo en el poder. 24 de diciembre de 2017.

[16] Amnistía Internacional, Perú: Indulto a Alberto Fujimori es duro golpe a la lucha contra la impunidad en Perú. 24 de diciembre de 2017.

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