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Venezuela acumula más de 10 años de deterioro de la libertad de expresión

El Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Edison Lanza, describió los patrones restrictivos que se han consolidado en el país, en contra de los estándares internacionales
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“Desde hace más de una década, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión han seguido con especial atención la situación de la libertad de expresión en Venezuela y ha documentado el deterioro progresivo del ejercicio de este derecho en el país”. Así se registró en el informe sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela que presentó la CIDH este lunes 12 de febrero de 2018. Edison Lanza, Relator Especial para la Libertad de Expresión, acotó que se trata del deterioro “más largo y sostenido” en toda la región.

La CIDH y su Relatoría Especial consideran que las “severas restricciones” al derecho a la libertad de expresión en Venezuela incluyen censura y cierre de medios de comunicación, ataques a periodistas, y en general, hostigamiento y criminalización de informaciones y opiniones que sean percibidas como inconvenientes por el gobierno. “Estas medidas son aplicadas al margen de la ley o sobre la base de disposiciones legales ambiguas y excesivamente amplias. Según la información obtenida, las autoridades tienden a justificar las restricciones al derecho a la libertad de expresión en la protección de bienes vinculados a la seguridad, soberanía y paz nacional, pero en la práctica, estas medidas han estado dirigidas al silenciamiento de las voces críticas del actual gobierno”, se indica en el documento de 267 páginas.

En el informe se describen siete patrones de actuación estatal en contra de la libertad de expresión:

1.- Agresiones, ataques, detenciones y hostigamiento a periodistas

“La violencia contra periodistas y trabajadores de medios de comunicación social sigue siendo un problema acuciante en Venezuela. Durante los últimos años, la CIDH siguió recibiendo información sobre numerosos actos de agresión física, amenazas, detenciones, robos o despojos de equipos de trabajo de comunicadores en Venezuela, perpetrada por cuerpos de seguridad y grupos de civiles armados, con la intención de silenciarles y limitar su cobertura en diversos contextos”, se señala en el Informe País.

2.- Detención y expulsión de periodistas extranjeros

“Según registros de la sociedad civil venezolana, a partir del año 2016, al menos 30 periodistas extranjeros han sido expulsados o se les ha impedido la entrada al país. En todos los casos mencionados, los periodistas víctimas de hostigamiento habrían estado realizando investigaciones sobre corrupción o la crisis política y económica en el país. Según la información disponible, el gobierno ha sostenido que las expulsiones y prohibiciones de entrada al país se deben a la falta de acreditación de los periodistas extranjeros”.

“La CIDH y su Relatoría Especial han sido enfáticas al afirmar que a los periodistas no se les debe exigir licencia o registro para ejercer su labor. Los esquemas de acreditación y registro de periodistas solo son apropiados si son necesarios para proveerles acceso privilegiado a lugares o a eventos, dichos esquemas deben ser supervisados por órganos independientes y por decisiones sobre esta acreditación, teniendo un procedimiento justo, basado en criterios claros, razonables, transparentes y publicados con anterioridad. Además, las decisiones sobre la acreditación deben ser neutrales frente a los contenidos y no pueden discriminar en razón de la línea editorial o tipo de cobertura”.

3.- Criminalización de la crítica y el trabajo periodístico

“La criminalización de la crítica y el trabajo periodístico ha sido el resultado de la aplicación de tipos penales que por su vaguedad o ambigüedad resultan violatorios del principio de legalidad y de los estándares interamericanos, como los delitos de difamación criminal, traición a la patria e instigación a la violencia. En otros casos, la criminalización ha sido el producto de procesos penales fundados en hechos sobre los que no existe ni se producen evidencias o las pruebas son directamente falsas. Estos procesos penales son generalmente prolongados y en el marco de los cuales se autorizan medidas aflictivas para las personas y medios de comunicación, como el dictado de prisiones preventivas, medidas de censura, prohibición de salida del país y elevadas fianzas”.

En el Informe País se destaca que en varios casos, las actuaciones contra comunicadores sociales se emprendieron por mandato expreso de dirigentes gubernamentales.

Se citaron tres casos. 1) la demanda contra los directivos de El Nacional, La Patilla y Tal Cual  ejercida en abril de 2015 por el presidente de la Asamblea Nacional para entonces,  Diosdado Cabello, por la reproducción de un reportaje inicialmente publicado por el diario español ABC, en el cual se vinculaba a Cabello con el tráfico internacional de drogas. Un mes después se prohibió la salida del país a todos los demandados y se les obligó a presentarse periódicamente ante tribunales. 2) La detención arbitraria del  director del medio digital Reporte Confidencial, Braulio Jatar, por transmitir imágenes del repudio al presidente Nicolás Maduro expresado por decenas de vecinos de la comunidad Villa Rosa, en Nueva Esparta. En junio de 2017, el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria determinó que la privación de la libertad del periodista es arbitraria, a pesar de que a la postre se le confirió casa por cárcel. 3) La imputación ante tribunales militares por traición a la patria contra el profesor universitario Santiago Guevara, luego de que publicó artículos de opinión sobre la crisis económica en el país.

Adicionalmente, durante la presentación del Informe País, el Relator Lanza, mencionó la demanda por difamación e injuria interpuesta por el empresario Alex Naim Saab Morán contra los periodistas del portal Armando.Info Ewald Scharfenberg, Joseph Polizuk, Alfredo Meza y Roberto Denis, luego de la publicación de un reportaje sobre presunta corrupción a través de la importación y comercialización de alimentos que distribuye el gobierno mediante los Comités Locales de Abastecimiento y Producción. Los cuatro periodistas huyeron del país, pues consideran que en Venezuela no hay garantías de juicio justo.

4.- Censura indirecta y cierre masivo de medios de comunicación

En el Informe País se reporta el cierre de más de 50 medios de comunicación durante 2017 en Venezuela “bajo procedimientos apartados de los principios que garantizan la libertad de expresión”.

Se hace mención especial de la suspensión de las señales de los canales internacionales Caracol TV RCN, NTN24 y CNN en Español por órdenes de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones. Además, se refiere el cierre de 49 emisoras de radio nacionales.

5.- Declaraciones estigmatizantes contra periodistas y medios de comunicación

“Las acciones y prácticas de censura anteriormente descritas han estado usualmente precedidas de un discurso altamente estigmatizante e intimidatorio promovido por autoridades del Estado en contra periodistas y medios de comunicación. El Presidente Nicolás Maduro, el ex diputado y miembro de la Asamblea Nacional Constituyente, Diosdado Cabello y la ex canciller Delcy Rodríguez, reiteradamente señalan a medios de comunicación como El Nacional, Globovisión, CNN en español, NTN24, de ‘golpistas’, ‘conspiradores’, ‘fascistas’, ‘espías’, ‘escuálidos’, y los acusan de ‘atentar contra la paz y la estabilidad democrática’ de Venezuela, ‘difamar y distorsionan la verdad’, ‘manipular la información’ o difundir ‘propaganda de guerra’. Cuando no es realizada directamente por autoridades del gobierno, la estigmatización ocurre a través de medios de comunicación estatales o aquellos abiertamente alineados al gobierno, los cuales distribuyen y replican discursos ofensivas y estigmatizantes hacia periodistas y medios de comunicación”.

6.- Censura y ataques cibernéticos

“Las violaciones a la libertad de expresión en el contexto de internet en Venezuela se dan principalmente por censura o ataques cibernéticos. En el contexto de ataques cibernéticos, los mismos en general consisten en ataques de denegación de servicio distribuido (DDoS), aunque debilidades específicas también son explotadas eventualmente, dirigidos a portales de noticias u organizaciones de la sociedad civil”.

“Las organización Provea y los portales de noticias El Pitazo y Aporrea han denunciado haber sido víctimas de ataques DDoS. Por otro lado, Contrapunto, Caraota Digital, Correo del Caroní, El Cambur, la organización Acción Solidaria y la Conferencia Episcopal Venezolana reportaron haber sufrido ataques basados en otros tipos de vulnerabilidades. Los ataques, en su mayoría, se destinan a impedir la disponibilidad de los sitios web de las organizaciones y medios, haciéndoles inaccesibles al público por periodos que pueden durar varios días”.

“De igual manera, la CIDH observó con preocupación denuncias sobre ataques digitales de secuestro de cuentas de redes sociales en contra de algunos periodistas en Venezuela. Los ataques permiten que el dueño de la cuenta pierda el control y no pueda recuperarla mediante los mecanismos estándar”.

7.- Negación del acceso a la información pública

“La CIDH observa que no solo no existe un marco jurídico adecuado para la protección y garantía del derecho de acceso a la información pública, sino que los recursos judiciales y administrativos que podrían servir para efectos de acceder a la información se han mostrado reiteradamente ineficaces para tal propósito. En efecto, la CIDH y su Relatoría Especial recibieron información relativa a la expedición de sentencias en las cuales, contrario a lo establecido en los estándares interamericanos, los tribunales declararon inadmisibles los recursos interpuestos por ciudadanos en contra de la negativa de autoridades de proporcionarles información pública, a partir de un criterio adoptado por la Sala Constitucional del TSJ, en junio de 2010, según el cual, ‘aun cuando el texto constitucional reconoce el derecho ciudadano a ser informado, determina límites externos al ejercicio de tal derecho, en el entendido de que no existen derechos absolutos’. A partir de tal criterio, los tribunales nacionales niegan sistemáticamente el acceso a la información en poder del Estado”.

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