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Rechazan afiliación al Sistema Patria para el pago de pensiones

Los expertos Nelson Fréitez y Magaly Vásquez consideran que el anuncio presidencial (cuyo alcance ha causado dudas) constituye un mecanismo de control social y político que fomenta la desigualdad y atenta contra la dignidad humana
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Betania Franquis Prada

“Imponer el Carnet de la Patria como requisito para acceder a bienes y servicios genera una fractura en el tejido social y contraviene los principios constitucionales. Es una pérdida del carácter general del derecho”, Así lo expresó Nelson Fréitez, director de la cátedra de Derechos Humanos de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, al referirse al anuncio del presidente Nicolás Maduro, quien decretó este domingo 26 de agosto que el pago de la pensiones será depositado en la billetera digital  del Sistema Patria

“A partir de ahora todos los meses vamos a pagar las pensiones mediante la billetera digital, para que los adultos mayores no tengan problemas y dispongan de sus recursos libremente” afirmó el mandatario, durante el IV Congreso del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Sin embargo, han surgido dudas sobre el alcance del anuncio presidencial; no está claro si el Jefe del Estado se refirió a las pensiones correspondientes al Seguro Social o a otras subvenciones para los adultos mayores, como la Misión En Amor Mayor.

En todo caso, entre las personas de la tercera edad existe incertidumbre. A cuatro días de cancelarse la primera cuarta parte del monto de 1.800 bolívares soberanos, este sábado 1 de septiembre, registrarse en el Sistema Patria surge como un requisito. Según cifras de la Federación Nacional de Pensionados y Jubilados solo cinco millones adscritos poseen el Carnet de la Patria.

En ese contexto, Fréitez señala que el registro obligatorio en el Sistema Patria es una imposición sin fundamento legal que limita la voluntad de los ciudadanos. La precariedad económica, la falta de alimentos y el alza de los precios se refleja en la angustia de quienes no están inscritos y temen perder el derecho adquirido luego de los años de trabajo establecidos en la ley.

“El Estado no tiene ninguna normativa que consagre la afiliación en determinado partido político para obtener bienes y servicios. Es un condicionamiento impuesto”, agregó el analista.

Política excluyente

La implementación de sistemas de control social,  como el Carnet de la Patria,  para la obtención de bienes – apunta el experto- conlleva a la población a un estado de sometimiento difícil de superar. En el peor de los escenarios, genera una subordinación generalizada a  políticas excluyentes y discriminatorias que fraccionan a la ciudadanía. “En personas que tienen vulnerado su acceso a la alimentación y la salud se reduce paulatinamente el margen de autonomía”, explicó.

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Los jubilados y las personas que viven con alguna discapacidad y que tienen acceso restringido a los servicios básicos son más susceptibles a la presión que imponen este tipo de mecanismos, apuntó el sociólogo. En ese sentido, el registro de la población en las plataformas de identificación fomenta la desigualdad. “Se acaba con la capacidad de decisión y se fractura el tejido social. En barrios y urbanizaciones se distingue a quien puede o no alimentarse por portar un carnet”.

Fréitez recordó la libreta de racionamiento que desde marzo de 1962 regula la venta de alimentos subsidiados en Cuba, para explicar el efecto que los sistemas de control ejercen sobre la población. “Es un estado de sometimiento ideológico potenciado  con el uso de nuevas plataformas tecnológicas”, indicó.

El desasosiego de la población ante este tipo de medidas, el impacto del incremento salarial en los precios, la zozobra y las compras nerviosas evidencian el estado de inseguridad jurídica que impera en el país, agregó el especialista en derechos humanos.

Derechos humanos vulnerados

La exigencia del carnet de la patria- indica Freitez- para la entrega de determinados beneficios económicos trasciende más allá de la subordinación política. La afiliación obligatoria al Sistema Patria atenta contra la integridad humana, especialmente en personas que viven en situaciones de vulnerabilidad. “En esta medida hay implicaciones sobre los derechos y la dignidad de las personas”, insistió

La asociación o incorporación forzada en  grupos o partidos políticos violenta el derecho a la libre asociación consagrado en el artículo 67 de la Constitución. El derecho a la libre determinación, el derecho a la salud y la alimentación son otros de los preceptos constitucionales vulnerados. “Cuando se violentan estos derechos la voluntad empieza a ser asociada a la voluntad política de un partido. Las personas pierden su libertad para decidir y opinar”, destacó

Magaly Vásquez, abogada y profesora de la Universidad Católica Andrés Bello, indicó que la exigencia del Carnet de la Patria como requisito para el cobro de la pensiones  contraviene el derecho a la seguridad social consagrado en el artículo 86 de la Constitución Nacional.

La experta señala que la medida no tiene ningún basamento legal e incurre en una trasgresión de la cédula de identidad como único documento de identificación. “La cédula de identidad es el único medio de identificación que contempla la legislación venezolana”.

La experta coincidió con Fréitez al afirmar que el registro de los pensionados en la billetera digital del Sistema Patria supone un mecanismo de control social con el cual el régimen se propone dividir a los venezolanos en ciudadanos de primera y de segunda.

Vásquez citó el artículo 21  de la constitución que establece que todas las personas son iguales ante la ley, de modo que las discriminaciones asociadas a la afiliación en partidos o grupos políticos implica una violación al Estado de Derecho.

Exhortó a la Defensoría del Pueblo a pronunciarse en favor del número de pensionados que podrían resultar afectados por el anuncio presidencial. “Está entre sus competencias como ente defensor evitar que este tipo de medidas discriminatorias se concrete”, enfatizó.

Recalcó que las personas perjudicadas están en su derecho de solicitar acciones de amparo ante el Tribunal Supremo de Justicia para exigir el cumplimiento de la garantía a la seguridad social. “Es la Defensoría y el TSJ los que deben alzar la voz en nombre de las personas de tercera edad. No puede permitirse que este anuncio excluyente e inconstitucional se implemente” insistió.

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