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La sátira a un presidente no puede ser un delito

Luisa Torrealba, periodista defensora del derecho a la libertad de expresión y Carlos Correa, director de Espacio Público, explicaron que el gobierno de Nicolás Maduro ha sobredimensionado las sanciones por pensar diferente para silenciar a la opinión pública
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Erick S. González Caldea

“Que dos ciudadanos sean privados de libertad por satirizar la figura del presidente Maduro es una barbarie”. Así lo advirtió Carlos Correa, director de la ONG Espacio Público, al referirse a la detención judicial de Carlos Varón y Ricardo Pietro, dos bomberos merideños imputados por el delito de incitación al odio.

Los funcionarios echaron mano del humor para denunciar las malas condiciones de un servicio público. Sin embargo, comparar al presidente Nicolás Maduro con un burro, los llevó a la cárcel. Y pudieran permanecer presos entre 10 y 15 años.

Correa sostuvo que la aplicación de la Ley Constitucional contra el Odio, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) el 8 de noviembre de 2017, es incompatible con la Constitución, cuyo artículo 57 consagra la libertad de expresión como un derecho humano.

“Toda expresión, así sea una expresión humorística o satírica, no debe ser perseguida de manera penal, pues constituye la violación de un derecho humano”, sostuvo Correa.

Espacio Público, organización defensora de la libertad de expresión en Venezuela, reportó 219 violaciones a este derecho entre enero y junio de 2018.

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El juez Segundo de Control de Mérida, Carlos Márquez, ordenó la detención preventiva de los agentes, el domingo 16 de septiembre, dos días después de la transmisión del video y tras la imputación del fiscal del Ministerio Público Silvio Villegas, por el delito de promoción e incitación al odio con agravante, tipificado en los artículos 20 y 21 de la Ley Constitucional contra el Odio, la Convivencia Ciudadana y la Tolerancia.

La Declaración de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) establece, en su artículo 19, que: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Penas excesivas

Luisa Torrealba, periodista y especialista en derechos humanos, explicó que la política gubernamental de Maduro se basa en aplicar sanciones contra los ciudadanos que se expresan en contra del modelo político. La finalidad de dichas acciones- para la experta- es controlar a la opinión pública.

Torrealba recordó que el uso de fuerzas militares para detener o sancionar a los ciudadanos también representa una violación de los derechos constitucionales. “No es posible que funcionarios de Contrainteligencia Militar aprehendan a dos civiles, por publicar un video humorístico sobre Maduro”, agregó.

La comunicadora social enfatizó que es derecho de todo ciudadano expresar libremente su opinión, sin discriminación y sin importar su cargo o trabajo. “Los funcionarios públicos también tienen este derecho, porque ellos son ciudadanos y pueden expresarse libremente”, sostuvo.

Torrealba señaló que sobredimensionar las sanciones para los ciudadanos que se oponen a las políticas oficialistas, es la respuesta del gobierno de Maduro para silenciar a la opinión ciudadana.

“Cada año se ve como el gobierno ha sofisticado y afinado los métodos de represión hacia los ciudadanos que piensan diferente. El arresto y condena de los dos bomberos de Mérida es una medida más para ejemplarizar: si no estás conmigo, vas preso”, enfatizó.

Agregó que la política gubernamental de callar a la opinión pública va de la mano con la opacidad informativa y las mentiras que, dichas por funcionarios del gobierno, amedrentan a los ciudadanos.

Repudio de la CIDH

A través de su cuenta en Twitter, el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), Edison Lanza, condenó la privativa de libertad dictada contra los bomberos merideños.

“Estamos ante las consecuencias de la aplicación de una ley penal vaga y ambigua, aprobada por la dictadura venezolana. Confina a prisión a dos presuntos difusores de un video satírico que en cualquier parte no daría ni para la polémica”, expresó.

La CIDH establece que La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho  fundamental e inalienable, inherente a todas las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática.

El 11 de noviembre de 2017, la CIDH instó al gobierno de Venezuela a que derogara Ley Constitucional contra el Odio, la Convivencia Ciudadana y la Tolerancia,  pues considera que puede conducir a una grave afectación del derecho a la libertad de expresión en el país. Sin embargo, la legislación continúa en vigencia, a pesar de la presión internacional.

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