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El destierro es una práctica habitual de las dictaduras

Cuatro presos políticos han sido desterrados por el gobierno de Nicolás Maduro luego de ser excarcelados de los calabozos del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin). El exilio forzado viola la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos
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Erick S. González Caldea

El castigo del dirigente estudiantil Lorent Saleh continuará en el exilio. Aunque está libre, cumple otra pena: no volver más a Venezuela. Saleh fue excarcelado el 12 de octubre y trasladado a España, luego de que la Comisión para la Verdad de la Asamblea Nacional Constituyente recomendara “medidas cautelares sustitutivas que fueron acogidas por el Sistema Judicial”, según  el comunicado a través del cual se informó de su liberación.

Saleh, quien estuvo detenido cuatro años en los calabozos del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), entre ellos La Tumba, es una de las cuatro víctimas de destierro durante el gobierno de Nicolás Maduro.

La Constitución Bolivariana de Venezuela señala, en su artículo: “Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la República y volver, trasladar sus bienes y pertenencias en el país, traer sus bienes al país o sacarlos, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. En caso de concesión de vías, la ley establecerá los supuestos en los que debe garantizarse el uso de una vía alterna. Los venezolanos y venezolanas pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna. Ningún acto del Poder Público podrá establecer la pena de extrañamiento del territorio nacional contra venezolanos o venezolanas”. 

El exilio forzado constituye, también, una violación a los tratados internacionales suscritos por el Estado venezolano, explicó el ex embajador de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para Venezuela, Milos Alcalay.

“Desterrar a un venezolano es un acto completamente arbitrario. Simplemente, no se le puede exigir a un ciudadano que abandone su país”, sostuvo Alcalay.

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La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados (Acnur), define el exilio como “la separación de una persona de la tierra donde vive; en este sentido, todos los refugiados y desplazados viven en el exilio hasta regresar a sus hogares”. Mientras que el destierro se refiere “a la pena de expulsar a alguien de un lugar o territorio; generalmente es el Estado el que decide expulsar, o desterrar, a esa persona por haber cometido un delito”.

Saleh no ha sido el único preso político desterrado. Vilca Fernández, también dirigente estudiantil, fue a prisión por publicar un tweet sobre el diputado Diosdado Cabello. El Estado venezolano lo expulsó a la fuerza por el Estado;  el 14 de junio de 2018 lo enviaron a Perú.

Otros dos casos similares son los de los dirigentes de Voluntad Popular Gabriel San Miguel y Francisco Márquez Lara. Ambos fueron detenidos el 19 de junio de 2016 bajo la imputación por legitimación de capitales e instigación pública. San Miguel fue liberado el 9 de septiembre y Márquez Lara el 18 de octubre de 2016. Los obligaron a irse a España.

 “Usar el destierro como método de castigo evidencia la inconstitucionalidad de las acciones tomadas por el gobierno de Nicolás Maduro. No hay más discusión sobre ese tema, ninguna democracia ha usado el destierro como pena, solo las dictaduras”, explicó el internacionalista y ex embajador de Venezuela en Guyana, Sadio Garavini, quien enfatizó que este tipo de decisiones tomadas por las autoridades venezolanas son arbitrarias.

 “El gobierno ha utilizado  el destierro para mantener a una persona, a un preso caliente, fuera del país, porque es inconveniente tenerlo en su terreno. Es preferible sacarlo, porque es un líder”, sostuvo Garavini.

De Gómez a Maduro

Hace 155 años, el 18 de agosto de 1863, el presidente Juan Crisóstomo Flacón dictó el  «Decreto de las Garantías», a través del cual se abolió el destierro como método de castigo. Sin embargo,  el exilio de dirigentes políticos regresó a Venezuela como una práctica de las dictaduras, específicamente las de Juan Vicente Gómez, de 1908 a 1935, y de Marcos Pérez Jiménez, de 1952 a 1958. A través del control del Poder Legislativo, ambos dictadores ilegalizaron partidos políticos y obligaron a varios opositores a exiliarse.

Para el exembajador Garavini, los cuatro destierros ordenados durante la gestión del presidente Nicolás Maduro constituyen una evidencia de su talante dictatorial, al tiempo que la Asamblea Nacional Constituyente se ha convertido en una especie de administradora de dicho castigo, prohibido por la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.

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En la Declaración de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, en su artículo 9: “Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado”.

En los casos de Lorent Saleh y Vilca Fernández, este derecho les fue violentado antes, durante y después del proceso judicial venezolano. Además, el Estado les impidió permanecer en su país, luego de su excarcelación, como lo establece el artículo 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como  el artículo  4 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, también conocidas como Reglas Mandela.

Si bien es cierto que Yamile Saleh, la madre de Lorent, está feliz por volver a estar cerca de su  hijo, la violación de sus derechos, de toda la familia, continúa en el exilio.

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