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En menos de 10 minutos condenaron a la jueza Afiuni

El juez Manuel Antonio Bognanno no pudo cumplir la sentencia a 30 años de cárcel que había ordenado Hugo Chávez en diciembre de 2009. Por no tener pruebas de corrupción, ni siquiera se pudo determinar el monto de una multa. Nadie pudiera garantizar que Afiuni no volverá a prisión 
Reporte Proiuris
Edgar López

Nueve años y dos meses. En vez de rayar la pared de un calabozo, María Lourdes Afiuni lleva la cuenta de los días de encierro en su estado de WhatsApp.

Desde ningún punto de vista es una presa común. Se trata de la jueza condenada por el presidente Hugo Chávez, apenas un día después de su detención, el 11 de diciembre de 2009, hace nueve años y dos meses. Desde entonces, el Poder Judicial venezolano está envilecido por el “Efecto Afiuni”. Ningún juez se atreve a contrariar al gobierno por el temor fundado a pagarlo con la cárcel.

En una demostración del descarado control que ejercía sobre el Poder Judicial, Chávez exigió públicamente que Afiuni fuera condenada a 30 años de cárcel por haber liberado al empresario Eligio Cedeño, al término de una audiencia que se realizó el Día Internacional de los Derechos Humanos. La jueza hizo valer una resolución del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas.

A falta de pruebas, el proceso judicial, uno de los más largos en la historia venezolana, se convertiría en una pena anticipada. A falta de pruebas, la fiscal Emilse Ramos, asignada al caso durante la gestión de Luisa Ortega Díaz al frente del Ministerio Público, inventó un tipo penal que no existe: “corrupción espiritual”.

Este 21 de marzo de 2019, cuando el juez 17° de Juicio, Manuel Antonio Bognanno,  condenó a Afiuni a 5 años de prisión por el delito de corrupción propia, ya el mal que dispuso Chávez estaba hecho. Durante los primeros años, Afiuni estuvo recluida en la cárcel de mujeres de Los Teques y allí fue torturada y violada.

 

Después de tanta demora, ¿por qué tanto apuro?

El juicio a Afiuni estuvo interrumpido desde el 31 de enero de 2018 hasta el 22 de febrero de 2019, lo cual constituye un vicio insalvable. El Código Orgánico Procesal Penal establece que si la suspensión excede 15 audiencias, el juicio debe comenzar de nuevo.

Ese fue uno de los alegatos de la defensa ante el intempestivo apuro del juez Bognanno de dictar sentencia. Juan Carlos Goitía, uno de los abogados de Afiuni, no descarta  que la prisa tenga que ver con la presencia en Venezuela de una comisión de expertos de la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet.

Además, ni la defensa ni las fiscales del Ministerio Público Marlene Josefina Hernández y Marianela Briceño Barajas, que fueron asignadas al caso recientemente, habían tenido acceso a las actas del debate, pues el juez no las había publicado hasta el 7 de marzo. Y es que en el lapso de un año y 22 días, Bognanno apenas dio 17 días de despacho.

“En un intento de justificar que el tribunal estuviera inhabilitado para avanzar en el proceso contra Afiuni, y probablemente en otros juicios a su cargo, el juez Bognanno dijo que usó la figura de la habilitaduría. Eso no existe y equivale a que un juez trabaje cuando le da la gana”, afirmó el abogado Goitía.

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La audiencia se llevó a cabo bajo una vigilancia extrema. Los presentes fueron requisados exhaustivamente: “Además de quitarnos los teléfonos celulares y cualquier otro dispositivo electrónico, nos revisaron los lentes, los bolígrafos, hasta los zapatos… Estaban buscando cámaras ocultas”,  comentó Goitía.

En tales circunstancias de incertidumbre e indefensión, el juez 17° de Juicio insistió en dictar sentencia. “Todo fue tan atropellado que los fiscales del Ministerio Público le explicaron al juez que no podían pronunciarse sin conocer el contenido de las actas, por lo cual se conformarían con que la sentencia estuviera ajustada a Derecho. Es algo insólito que la parte acusadora no haya podido mantener la acusación y avalar una condena, pero así sucedió. A nosotros se nos concedieron apenas cinco minutos para revisar actas que corresponden a un expediente de 32 piezas”, aseguró el defensor.

A pesar de estar en el banquillo de los acusados, Afiuni le habló a Bognanno de juez a juez. Formalmente todavía tiene el cargo jueza, pues el procedimiento disciplinario en su contra no ha concluido. Le habló, mirándole a la cara, durante 15 minutos. Sabría cómo refutarle, uno a uno y con rigor técnico jurídico, los vicios del proceso en su contra. Al cabo de su intervención, a Afiuni le subió la tensión arterial y pidió ausentarse de la sala.

Pero, una vez más, se verificó que la condena ya estaba anticipada. Cerrado el debate, el juez Bognanno no demoró más de diez minutos en regresar a la sala de audiencia para anunciar la condena a cinco años de cárcel por el delito de corrupción propia, establecido en el artículo 62 de la Ley contra la Corrupción.

Se desechó la acusación por abuso de autoridad, la cual había impedido que Afiuni fuese juzgada en libertad. Y también se desechó la acusación por facilitación de fuga de detenido, por prescripción de la acción penal.

Lo más insólito, destacó el abogado defensor, es que se impuso una multa, pero el juez Bognanno no podría determinar su monto, porque en el expediente no hay pruebas de que Afiuni hubiera recibido pago alguno por otorgarle la libertad al empresario Eligio Cedeño.

El juicio a Afiuni ha sido el más largo de la historia judicial venezolana | Foto: Cortesía 

¿De nuevo a prisión?

Afiuni estuvo presa dos años y cuatro meses en el Instituto Nacional de Orientación Femenina (Inof). A efectos de la pena que le correspondería purgar no vale la prisión domiciliaria que le impusieron a su salida de la cárcel de mujeres de Los Teques.

En estricto Derecho, por haber cumplido casi la mitad de la pena, no debería volver a prisión, pues le corresponden otras formas de cumplimiento de la condena. Sin embargo, el proceso en su contra ha estado plagado de inventos de fiscales y jueces (“corrupción espiritual”, “habilitaduría”) para perjudicarla. Nadie podría garantizar el cese de las arbitrariedades.

La defensa anunció que impugnarían la sentencia del juez Bognanno tan pronto sea publicada, y que ejercerán todos los recursos posibles. Pero las esperanzas de justicia efectiva de Afiuni no están en los tribunales venezolanos…

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¿Daños reparables?

La abogada Thelma Fernández ha participado en la defensa de Afiuni desde el principio. Ahora está encargada de las gestiones ante organismos internacionales en procura de la reivindicación de la reputación de Afiuni y, en la medida de lo posible, de la reparación de los daños que le ha han causado.

Fernández hizo un inventario de los agravios que sufrió Afiuni mientras estuvo en la cárcel de mujeres de Los Teques, para la época dirigida por Isabel González.

“Fue internada en una celda mínima, en terribles condiciones de higiene y de la cual tenía prohibido salir. En varias ocasiones recibió golpizas por parte de las reclusas que se acercaban a su celda. En una ocasión recibió una fuerte patada por parte de una Guardia Nacional que le provocó el necrosamiento de uno de sus senos. Su celda era rociada con gasolina en varias ocasiones, con la amenaza de que sería quemada viva. Le destruyeron la vagina, el ano y la vejiga cuando funcionarios del Ministerio del Servicio Penitenciario, en complicidad con las custodias del INOF, cometieron abuso sexual en su contra. Tuvo que ser operada de emergencia y le practicara una histerectomía total con reconstrucción de los órganos dañados durante el abuso sexual….”, detalló Fernández.

Tres años antes de su detención, Afiuni  había obtenido el cargo de juez titular por concurso de credenciales y de oposición. Era una excepción entre una mayoría de jueces designados a dedo, sin estabilidad en el cargo, y, por ende, más vulnerables a presiones políticas. Su carrera se frustró, fue suspendida sin goce de sueldo y no podría ejercer la profesión.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU, el Comité Contra la Tortura de la ONU, el Comité de Derechos Humanos de ONU, la Relatoría sobre Independencia de Jueces y Abogados de la ONU, el Instituto de Derechos Humanos de la Asociación Internacional de Abogados, Human Rights Watch, Amnistía Internacional… Todos estos organismos han emitido y continúan emitiendo pronunciamientos y exhortos a las autoridades de Venezuela para que pongan fin a la reclusión y persecución contra María Lourdes Afiuni.

“La reparación a la que aspira María Lourdes no es de tipo pecuniario, aunque procede de pleno Derecho y ya se han iniciado  todas las acciones respectivas. Más que todo, ella espera un resarcimiento a su honor y reputación, un resarcimiento de tipo moral; que se reconozca que jamás debió ser encarcelada por haber ejercido su función como jueza, pues actuó apegada al Derecho”, resumió Fernández.

A la espera de una justicia remota, María Lourdes Afiuni sigue contando y descontando días. Si algún reportero olvida que, además, la han condenado al silencio y le pide una entrevista, Afiuni responderá, vía WhatsApp, con tres palabras (“prohibido mi niño”) y dos emoticones: una carita triste y otra que llora desconsoladamente.

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