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Acnur exige protección internacional para los 3.706.624 migrantes venezolanos

En la Nota de orientación sobre consideraciones de protección internacional para los venezolanos, publicada este martes 21 de mayo, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados recordó que los Estados de acogida deben garantizar los derechos a la salud, alimentación y vida a los migrantes venezolanos que huyeron de la emergencia humanitaria compleja que atraviesa el país
Reporte Proiuris
Erick S. González Caldea

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) reiteró su llamado a los Estados que reciben venezolanos para que permitan el acceso a su territorio, así como garantizar  “el acceso a los procedimientos de asilo o a los mecanismos de protección grupales con las salvaguardias adecuadas”.

A través de una actualización de sus lineamientos para atender la migración forzada desde Venezuela, Acnur enfatizó que los Estados tienen que asegurar a los migrantes venezolanos, personas apátridas o individuos que tenían su residencia habitual en Venezuela, el derecho a no ser deportados, expulsados o de alguna manera forzados a retornar a Venezuela, de conformidad con el derecho internacional de los refugiados y el derecho internacional de los derechos humanos.

“Esta garantía tendría que estar asegurada ya sea en el documento oficial de residencia expedido a los venezolanos o a través de otros medios efectivos, tales como instrucciones claras a los organismos encargados de hacer cumplir la ley”, se lee en la Nota de orientación sobre consideraciones de protección internacional para los venezolanos, publicada este martes 21 de mayo, como parte de una actualización del Plan Regional de Respuesta para Refugiados y Migrantes de Venezuela – Enero-Diciembre de 2019, publicado e1 14 de diciembre de 2018.

Acnur calcula que el número de venezolanos migrantes llegó a 3.706.624 para abril de 2019. Precisó que el aumento de venezolanos desplazados en la región  plantea nuevos desafíos para los Estados y sus sistemas de asilos, que actualmente se ven desbordados.

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La agencia de Naciones Unidas señaló que los Estados miembros de la Declaración de Cartagena sobre Refugiados, del 22 de noviembre de 1984, deben recordar y aplicar los principios de protección acordados en el documento, entre esos garantizar el derecho a la salud pública, alimentación, trabajo, refugio y, sobre todo, el principio de no deportación, debido a que los venezolanos exiliados por la emergencia humanitaria de su país, están en una situación de riesgo si son obligados a regresar a Venezuela.

“Las personas nacionales de Venezuela, o personas apátridas que eran residentes habituales en Venezuela, se encuentran necesitadas de protección internacional bajo el criterio contenido en la Declaración de Cartagena, sobre la base de las amenazas a su vida, seguridad o libertad resultante de eventos que se encuentran actualmente perturbando gravemente el orden público en Venezuela”, se lee.

Acnur también destacó que participará activamente para brindar apoyo internacional: “Si es el caso, el Estado puede reconocer la condición de refugiado a través de determinaciones grupales.  El Acnur está dispuesto a brindar a los Estados interesados la asistencia técnica y el apoyo operacional necesarios para mejorar la capacidad de los gobiernos de responder adecuadamente a la afluencia masiva de refugiados y determinar su condición jurídica de manera eficaz (…) alienta a los Estados a que se basen en instrumentos regionales para elaborar respuestas grupales”.

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Acnur recordó los estándares mínimos que deben garantizarse:

a. Legalidad: Los requisitos y los procedimientos para la aplicación de estos mecanismos deberían definirse y articularse bajo la legislación nacional. El Acnur insta a los Estados a garantizar que a las personas que se beneficien de estos mecanismos se les expida un documento oficial reconocido por todas las autoridades gubernamentales.

b. Accesibilidad: Los mecanismos pertinentes deberían ser accesibles a todas las personas venezolanas, independientemente de su fecha de entrada al país de acogida. Esto significa que no debería haber costos relacionados con la solicitud de este mecanismo o al menos debería ser a un costo mínimo, y que estas solicitudes se deberían aceptar en varios lugares del territorio para garantizar que los costos de transporte no sean inaccesibles. Además, ni la entrada/presencia irregular ni la falta de documentos de identidad

c. Acceso a los derechos básicos: Los mecanismos basados en la protección garantizarían de manera importante el acceso a servicios básicos y derechos fundamentales de conformidad con las Directrices del ACNUR sobre Protección Temporal o Acuerdos de Estancia. Estos derechos incluyen: 1) acceso a atención médica; 2) acceso a la educación; 3) unidad familiar; 4) libertad de circulación; 5) acceso a albergue y, 6) el derecho al trabajo . Estos derechos se garantizarían de manera igualitaria y no discriminatoria.

A finales del 2018, 460.000 venezolanos solicitaron formalmente asilo en el extranjero, en su mayoría en los países vecinos en América Latina. “La nota de orientación reconoce que el número de personas que salen de Venezuela plantea problemas complejos por los que puede resultar inviable realizar una determinación de la condición de persona refugiada de manera individualizada, por lo que se recomienda un reconocimiento grupal”, aseguró la Acnur.

Trabajo para los migrantes

La Organización Internacional de Trabajo (OIT) y Acnur  han realizado un análisis conjunto de buenas prácticas sobre medidas que tengan en cuenta las consideraciones relativas a la protección diseñadas por los Gobiernos de las Américas para responder al flujo de personas venezolanas.

“El análisis examina el grado de alineación con los estándares mínimos y apunta a reforzar la dimensión de protección y la coherencia de las respuestas. Partiendo de este análisis, el Acnur y la OIM están disponibles a apoyar a los Estados”, se lee en el documento.

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La OIT, en paralelo, informó que iniciará una serie de intervenciones urgentes, destinadas a responder al desafío de la integración socio-económica de los venezolanos que llegan a otros países de la región, debido a la migración forzada.

“Los países vecinos han mostrado gran solidaridad, proporcionando a 1,3 millones de venezolanos entrantes permisos de residencia temporal y acceso al mercado laboral. Sin embargo, su capacidad para responder a tal afluencia de personas es limitada, y tanto las instituciones como las comunidades locales se encuentran ahora bajo una enorme presión”, señala la organización internacional.

Uno de los resultados del análisis indica que muchas mujeres, hombres y niños venezolanos se encuentran en una situación irregular, lo que los hace vulnerables a diversas formas de explotación, abuso, violencia y discriminación.

La OIT  comprometió 2 millones de dólares de sus fondos voluntarios no asignados (Cuenta Suplementaria del Presupuesto Ordinario) para poner en marcha intervenciones urgentes relativas a la integración socio-económica de migrantes y refugiados venezolanos en Ecuador (Quito y Guayaquil), Colombia (Barranquilla y Cali) y Perú (norte de Lima).

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