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El “Efecto Afiuni” se extiende a todos los presos políticos

No es verdad que  la jueza María Lourdes Afiuni haya obtenido libertad plena o se haya librado del proceso en su contra, explicó su abogado Juan Carlos Goitía. La causa continúa y está estancada en la Sala 10 de la Corte de Apelaciones, que debe resolver la impugnación de la sentencia condenatoria a cinco años de prisión por corrupción propia
Reporte Proiuris
Edgar López

¿Qué significa que la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, haya anunciado la “liberación” de la jueza María Lourdes Afiuni, ícono de los presos políticos en Venezuela?

“La bienvenida liberación de 62 detenidos entonces (en junio), junto a 22 más –incluido el periodista Braulio Jatar y la jueza (María) Lourdes Afiuni- liberados ayer, y la aceptación de las autoridades de dos funcionarios de derechos humanos en el país, significan el inicio de un compromiso positivo del país con sus numerosos asuntos de derechos humanos”, dijo Bachelet, según reseñó Reuters.

 ¿Pero, cómo se explica que el 21 de marzo de 2019, cuando los técnicos de Bachelet realizaban una visita preliminar a Venezuela , el juez 17° de Juicio, Manuel Antonio Bognanno, haya condenado a  Afiuni a 5 años de prisión por el delito de corrupción propia, y, ahora, el día en que la Alta Comisionada presenta su informe sobre Venezuela ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, se anuncie su “liberación”?

¿Se trata de una libertad plena que pone fin a uno de los procesos judiciales más largos e ignominiosos de la historia venezolana o se limita a la revocatoria de la obligación de presentarse una vez al mes ante el tribunal de la causa, de la prohibición de salida del país y, además, de no hablar de su caso, impuestas a Afiuni?

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Nelson Afiuni y Juan Carlos Goitía, respectivamente hermano y abogado defensor de la jueza, aseguraron que hasta las 11:00 am de este viernes 5 de julio no habían recibido notificación oficial alguna.

Goitía precisó que el expediente está en la Sala 10 de la Corte de Apelaciones, que debe dar respuesta a la apelación de la sentencia condenatoria. Pero el proceso está paralizado, pues esa Sala no se ha reconstituido después de  que una de sus integrantes, Leidys  Azuaje, se inhibió, porque había intervenido en el proceso como jueza de primera instancia.

Se supone que la “liberación” de Afiuni corresponde a negociaciones extrajudiciales entre  Bachelet y  el gobierno de Nicolás Maduro. Aunque la Alta Comisionada nunca utilizado el término presos políticos (a lo sumo personas arbitrariamente privadas de su libertad) y el gobierno insiste en negar que encarcele a la gente por oponerse al régimen, la visita de Bachelet a Venezuela creó expectativas sobre la posibilidad de que algunos de los más de 700 presos políticos que existen en el país recuperaran su libertad. Se supone que valdría la pena prescindir del término “presos políticos” para lograr su efectiva excarcelación.

Las autoridades judiciales venezolanas tendrían que darle forma jurídica a decisiones políticas, que confirman que la jueza Afiuni, el periodista Jatar y las otras 60 personas “liberadas” como resultado de la intercesión de la Alta Comisionada, en efecto, son presos políticos.

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A través de su cuenta en Twitter, a las 9:50 am de este viernes 5 de julio, el Tribunal Supremo de Justicia informó: “Tribunal Décimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio acordó el cese de la medida cautelar sustitutiva de libertad a favor de la ciudadana María Lourdes Afiuni”. Es sorprendente que el TSJ, a través de uno de sus medios de comunicación oficiales, se refiera a “medida cautelar sustitutiva de libertad”, pues el término jurídico correcto (por sentido común) es medida cautelar sustitutiva “de la privación” de libertad.

Jurídicamente hablando, la libertad plena de Afiuni podría haber sido el resultado de una intempestiva recomposición de la Sala 10 de la Corte de Apelaciones para dar respuesta a la impugnación de la sentencia condenatoria dictada el 21 de marzo por el juez Bognanno, lo cual, según el abogado Goitía, es poco probable, pues hasta este jueves 4 de julio no se había cubierto la vacante causada por la inhibición de la juez Azuaje. En segunda instancia, hay tres respuestas posibles: confirmación, modificación o revocación de la sentencia condenatoria. Solo a través de una absolución, Afiuni tendría libertad plena.

Una segunda posibilidad era que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por Maikel Moreno, decidiera un avocamiento de oficio, el cual, en buen Derecho, procede para corregir vicios procesales. La Sala Penal, sobre la base de las facultades que controversialmente ha asumido para interpretar los procedimientos, podría decretar la libertad plena de Afiuni.

En tercer lugar, existía la posibilidad de indulto presidencial, lo cual reforzaría la tesis de que Afiuni y todos los presos políticos están a merced del gobierno.

Sin embargo, se optó por una cuarta opción que, en opinión del abogado Goitía, carece de fundamento jurídico: “Después de que un juez de primera instancia sentencia, pierde toda competencia; más nunca puede intervenir en la causa. En este momento el tribunal de la causa es la Sala 10 de la Corte de Apelaciones, pero esa Sala no estaba constituida y, por lo tanto, tampoco podía tomar ninguna decisión; ni siquiera enviar el expediente de vuelta al Tribunal 17 de Juicio, a cargo del juez Manuel Antonio Bognanno, para que hiciera lo que hizo. ¿Cómo puede el TSJ permitir que un juez sin competencia tome una decisión?”, se preguntó el defensor de Afiuni.

Explicó que, en el mejor de los casos, se habría revocado la medida de presentación periódica (una vez al mes) de Afiuni ante el tribunal de la causa: “Es muy poco probable que le hayan revocado  la prohibición de salida del país, bajo el argumento de que ella sigue bajo proceso penal y el Estado debe garantizar que no se sustraiga del mismo. Y tampoco parece probable que le hayan revocado la prohibición de referirse a su caso a través de los medios de comunicación social, incluyendo redes sociales. Esto es una burla a Bachelet y a toda la opinión pública”, concluyó Goitía.

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María Lourdes Afiuni no está presa actualmente. Pero sí lo estuvo durante dos años y cuatro meses en el Instituto Nacional de Orientación Femenina (Inof) y allí fue ultrajada y violada. Los daños, algunos irreparables, que le causaron constituían el extremo del Efecto Afiuni, lo que podría sufrir cualquier juez que se atreviera a contrariar los intereses del gobierno; en el caso de Afiuni, liberar al empresario Eligio Cedeño, el 10 de diciembre de 2009, sobre la base de una decisión del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas. Públicamente, Hugo Chávez ordenó que le aplicaran la pena máxima de 30 años de cárcel.

Por haber cumplido casi la mitad de la pena, Afiuni no debería volver a prisión, pues le corresponden otras formas de cumplimiento de la condena. Sin embargo ni ella ni sus abogados podrían garantizar que no se cometan otras irregularidades en el proceso judicial ejecutado en su contra.

Mientras se resuelven las dudas sobre el alcance de las “liberaciones”, anunciadas este viernes 5 de julio por Bachelet desde Ginebra, el Efecto Afiuni se extiende a todos los presos políticos de Venezuela. ¿Cómo el gobierno y las autoridades judiciales podrían justificar la “benevolencia” a favor de ella y otras 61 personas, y, a la vez, la inclemencia contra más de 600 personas que permanecen en prisión por razones políticas?

 

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